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martes, 24 de noviembre de 2009

Mercancia en cámara frigorífica en Seguro de Comercio

Las cámaras frigoríficas forman parte del mobiliario básico de un comercio del sector servicios (Hosteleria y otros), y además de asegurarse el parato en sí, como aparato eléctrico, es necesario, y muy importante, tener garantizada la reposición del daño ocasionado en la mercancia que se guarda en ellas.

Vamos a reproducir ésta cobertura en una póliza típica, siendo esta la cobertura que se debe buscar, para evitar sorpresas cuando se nos estropeé el contenido, mercancia, comestible o congelado:

Quedan cubiertos, hasta la cantidad máxima que se estipula en las Condiciones Particulares de la Póliza, los daños y deterioros directos sufridos por las mercancías conservadas en cámaras y aparatos frigoríficos situados en el local descrito en las citadas Condiciones Particulares, a causa de:

a) Elevaciones o descensos accidentales de la temperatura en el interior de la cámara o aparato frigorífico, producidas de forma súbita e imprevisible.

b) Escapes o derrames accidentales del medio refrigerante, producidos de forma súbita e imprevisible.


Cuidado con pólizas que no incluyan esta cobertura si nuestra actividad la requiere. Se pueden ofrecer franquicias para abaratar el coste de la cobertura dentro del seguro de comercio, pero se ha de añadir para evitar pérdidas por estos hechos, que son más frecuentes de lo que, apriori, puede parecer si se carece de experiencia como empresario del sector servicios.

Seguros de Hosteleria

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